Naturalización por matrimonio: la regla de 3 años

Quién puede solicitar después de 3 años en lugar de 5 estando casado con un ciudadano de EE. UU., qué significa “vivir en unión matrimonial” y qué pasa si el matrimonio termina antes del juramento.

Revisado con U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) · oct 20263 min de lectura

Traducido del inglés. Las fuentes oficiales están en inglés.

Los requisitos

Según la sección 319(a) de la INA, el cónyuge de un ciudadano de EE. UU. que vive en EE. UU. puede naturalizarse después de 3 años en lugar de 5. Debe:

  • Tener al menos 18 años y ser residente permanente al presentar la solicitud.
  • Haber sido residente permanente durante al menos 3 años, con 3 años de residencia continua.
  • Haber vivido en unión matrimonial con su cónyuge ciudadano de EE. UU. durante los 3 años anteriores a la solicitud, y su cónyuge debe haber sido ciudadano durante esos 3 años.
  • Haber estado físicamente presente en EE. UU. al menos 18 meses (548 días) de esos 3 años.
  • Haber vivido 3 meses en el estado o en el distrito de USCIS donde presenta la solicitud.
  • Seguir casado con su cónyuge ciudadano hasta prestar el juramento.
  • Demostrar buen carácter moral durante 3 años, aprobar los exámenes de inglés y de educación cívica, y demostrar apego a la Constitución.

Tres relojes deben coincidir

Tres períodos deben cumplir cada uno 3 años: su residencia permanente, su unión matrimonial y la ciudadanía estadounidense de su cónyuge.

Puede presentar la solicitud hasta 90 días antes de completar 3 años de residencia continua, pero la política de USCIS indica que todos los demás requisitos ya deben cumplirse al presentar la solicitud. Así que si su cónyuge se hizo ciudadano hace solo 2 años, o si lleva casado 2 años y 10 meses, la vía de 3 años todavía no está abierta; debe esperar, o usar la vía de 5 años si califica. Use la Calculadora de Presentación Anticipada de USCIS: un N-400 presentado demasiado pronto se rechaza.

Qué significa “vivir en unión matrimonial”

USCIS entiende la unión matrimonial como vivir realmente juntos como pareja casada.

  • Separación legal: no hay unión matrimonial durante una separación legal.
  • Separación informal: si ya no viven juntos, en general no hay unión matrimonial. Si todavía comparten un hogar, el oficial analiza los hechos caso por caso.
  • Separación involuntaria: en casos limitados, vivir separados por razones fuera de su control, como el servicio militar o un trabajo o traslado obligatorio, no rompe la unión matrimonial si no hay señales de problemas matrimoniales. El encarcelamiento no califica.

Después de presentar la solicitud, la política de USCIS exige un matrimonio legalmente válido hasta el juramento.

Si el matrimonio termina antes del juramento

Pierde la elegibilidad según la regla de 3 años si, antes del juramento:

  • Se divorcia (desde la fecha en que se dicta la sentencia final) o el matrimonio es anulado.
  • Su cónyuge ciudadano fallece (hay una excepción para el cónyuge sobreviviente de un miembro del servicio que murió durante un servicio activo honorable).
  • Su cónyuge pierde la ciudadanía estadounidense.

Volver a casarse con otro ciudadano no soluciona esto. Puede seguir calificando según la vía de 5 años cuando tenga 5 años como residente permanente. Los cónyuges que sufrieron golpes o crueldad extrema por parte de su cónyuge ciudadano tienen reglas especiales; busque asesoramiento legal.

Pruebas que debe enviar y llevar

  • Prueba de la ciudadanía de su cónyuge durante los 3 años completos: acta de nacimiento en EE. UU., Certificado de Naturalización o de Ciudadanía, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero o pasaporte de EE. UU.
  • Su acta de matrimonio actual.
  • Prueba de que terminaron todos los matrimonios anteriores de usted y de su cónyuge (sentencias de divorcio, anulaciones, actas de defunción).
  • Pruebas de que viven juntos: declaraciones de impuestos conjuntas, un contrato de arrendamiento o hipoteca conjunta, cuentas bancarias conjuntas, actas de nacimiento de sus hijos.

Si fue residente condicional (tarjeta verde de 2 años), en la mayoría de los casos su Formulario I-751 para eliminar las condiciones debe aprobarse antes de que USCIS pueda aprobar su N-400.

Cónyuges de ciudadanos que trabajan en el extranjero

La sección 319(b) de la INA ayuda a los cónyuges de ciudadanos de EE. UU. empleados en el extranjero por el gobierno de EE. UU., por las fuerzas armadas o por ciertas empresas, instituciones de investigación, organizaciones internacionales u organizaciones religiosas estadounidenses. Si su cónyuge está programado para ser destinado al extranjero durante al menos 1 año, puede que pueda naturalizarse sin ningún período específico de residencia permanente, residencia continua o presencia física. Aun así, debe ser residente permanente legal, seguir casado de forma válida y demostrar que vivirá en el extranjero con su cónyuge y regresará a EE. UU. cuando termine el trabajo.

Esta guía es información general. Para su propio caso, consulte uscis.gov o hable con un abogado de inmigración o con un representante acreditado por el DOJ.

No es asesoramiento legal. Esta guía es información general recopilada de fuentes oficiales. Las normas cambian — confirme su propia situación con U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS).